Tienen por objeto advertir a los usuarios de la
vía la existencia de una condición peligrosa y la naturaleza de esta, los
colores distintivos son: fondo amarillo, símbolo y orla negros.
Tienen
por objeto guiar al usuario de la vía, suministrándole información de
localidades, destinos, direcciones, sitios especiales, distancias y prestación
de servicios. Los colores distintivos son: fondo azul, textos y flechas blancos
y símbolos negros.
Tienen
por objeto indicar al usuario de la vía las limitaciones, prohibiciones o
restricciones sobre su uso, y cuya violación constituye falta. En las señales
circulares los colores distintivos son: anillos y líneas oblicuas en rojo,
fondo blanco y símbolos negros.
Son marcas paralelas
al sentido de circulación y pueden ser de color amarillo o blanco.
AMARILLAS: Separan los carriles del tráfico que se mueven en
direcciones opuestas. Si la línea es continua, indica que está prohibido
adelantar. Si la línea es a trazos, se puede adelantar. Si hay doble línea
amarilla, el significado es el mismo, es decir, está prohibido adelantar y cada
línea corresponde a un sentido de circulación.
BLANCAS: Pueden ser líneas o flechas
direccionales. Las líneas blancas sirven para separar los carriles de tráfico
que se mueven en la misma dirección, definir los bordes de la calzada en
carreteras, determinar el comienzo de separadores o indicar canalizaciones
especiales. Si la línea es continua, significa que está prohibido cambiar de
carril. Si la línea es a trazos, el adelantamiento puede efectuarse.
LAS FLECHAS BLANCAS indican la dirección que
debe seguir el conductor y se utilizan en vías que tengan varios carriles, así:
- Flecha recta:
significa que debe continuar, sin efectuar virajes.
- Flecha curva: significa que debe girar en la dirección que indica.
- Flecha recta con brazo curvo: significa que puede continuar ó girar a la vez.
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